Allanaron la Unidad de Detención por causa de “privación ilegítima de la libertad”

Por orden del juez Eduardo López esta mañana se procedió al allanamiento de las oficinas de la Unidad de Detención N°1 en la ciudad de Río Grande, en relación a la causa judicial iniciada por la demora en la liberación de una mujer con cinco días de demora, en relación al dictado de su excarcelación. Funcionarios judiciales revisaron los libros y sistemas informáticos de registro a fin de certificar que grado de negligencia hubo en el error. El delito solo se configura si se determina que existió dolo o intención de parte de los funcionarios.

 
 
El procedimiento se realizó esta mañana por parte de autoridades del juzgado de instrucción N°1 y de personal policial de la comisaría Tercera que participaron de una orden de allanamiento dictada para la Unidad de Detención N°1, dependiente del Servicio Penitenciario.
 
En el marco de la causa 24.675, caratulada “Dieguez Sergio y otros s/privación ilegítima de la libertad”; se investiga el trámite que tuvo en octubre pasado la excarcelación de una mujer identificada como Elena Flora Maciel de 48 años, quien pasó detenida cinco días de más.
 
La mujer fue excarcelada por una orden judicial que se receptó en esta unidad carcelaria, desde la cual no se cursó la misma a la ciudad de Ushuaia, donde esta mujer fue alojada por otra fuerza – la Policía Provincial- en razón de que la Unidad de Detención para mujeres no funciona más en Río Grande.
 
La mujer fue liberada recién cinco días después de emitida la orden judicial, por lo que la defensora oficial Lorena Nebreda radicó la denuncia contra las autoridades penitenciarias por “privación ilegítima de la libertad”.
 
En razón de esto se realizó una orden de presentación la pasada semana que tuvo información incompleta respecto de los registros carcelarios, por lo que este martes se ordenó allanar para verificar libros y computadoras del sistema de registro.
 
En las oficinas de la Unidad de Detención se realizaron las medidas investigativas para verificar la cadena de custodia de la mujer, si se tenía conocimiento de su detención, si se asentó y que novedades fueron registradas por los jefes de turno ese día.
 
Los elementos colectados mostraron que la Policía trasladó a la mujer a la Unidad de Detención donde no fue recibida por no tener instalaciones aptas para su alojamiento, por lo que la Policía la trasladó directamente a Ushuaia, donde fue alojada aparentemente sin conocimiento de las autoridades penitenciarias riograndenses que, de igual manera, omitieron girar la medida excarcelatoria a todas sus dependencias en la provincia para cubrir esta contingencia.
 
Sin intención no hay delito
La figura delictiva que se persigue requiere de “dolo o intención” por parte del funcionario para representarse como tal, por lo que la existencia de un error o negligencia operativa derivaría en el archivo de la causa.
 
A todas luces la demora en la excarcelación representaría una negligencia interna que solo se traduciría a futuro en una posible demanda civil de parte de la damnificada o de consecuencias administrativas, que ya tuvieron como primer secuela el pase a disponibilidad del jefe de turno en la Unidad al momento de recibirse la notificación de la excarcelación, el Adjutor Martín.