Un hombre fue condenado a una “probation” por sacarle un ojo a otro en una agresión

La polémica sentencia fue impuesta la semana pasada resolviendo una causa tras 9 años de proceso en relación a una violenta agresión en un local nocturno de la ciudad de Río Grande.

El juzgado de Ejecución concedió el beneficio de la suspensión del juicio a prueba o “probation” a Franco Sebastián Barrientos, quien el 16 de diciembre de 2017 en el local «Ibiza Bowling Bar», agredió de un botellazo a otra persona, Jhonatan David Rivero, quién perdió el ojo.

El reproche penal que termina teniendo el agresor será solamente el pago de un canon de 100 mil pesos propuesto para una entidad de acción social, y un régimen de normas de conducta por dos años, en relación a una causa que estuvo caratulada como “lesiones graves” y que incluso estaba a punto de ir a juicio.

La defensa de Barrientos pidió la “probation” y en relación a “sus posibilidades económicas” ofreció a la víctima un resarcimiento de solo 100 mil pesos que fueron rechazados. La defensa mantuvo el ofrecimiento para una organización de bienestar social a modo de donativo y la fiscalía aceptó ese ofrecimiento.

El fiscal Martin Bramatti explicó que la herramienta de “probation” permite seguir con el ofrecimiento más allá de la no aceptación por parte de la víctima, por lo que se dio via libre a esta herramienta y evitar llegar al juicio. «Así lo prevé la ley». Más allá de esto el fiscal expresó que la víctima todavía tiene abierta la vía civil para un resarcimiento económico.

La víctima en este hecho perdió la visión del ojo y quedó con marcas permanentes en su rostro. Desde su querella plantearon la disconformidad con la “probation” dictada señalando que la víctima incluso perdió su trabajo en razón de la merma en su visión y que esto incluso lo llevó a tener que radicarse en otra ciudad modificando su desarrollo personal.

La víctima en este hecho falleció, no precisamente a causa de las secuelas de esta agresión, y su familia continúa la demanda por la vía civil.

En cuanto al imputado “condenado” a este pago de cien mil pesos, de cumplimentar las normas de conducta y no comete nuevos delitos en los próximos 24 meses, la acción penal se extinguirá definitivamente, evitando así una condena efectiva en su prontuario.