EL CALAFATE: Condenaron a un bombero por abusar de sus hijastras pero no irá a la cárcel

Se trata del caso de MZ, un integrante de la fuerza de seguridad que fue sentenciado a la pena de tres años en suspenso. Deberá cumplir con un régimen de conducta. El tribunal no dio lugar al pedido de la Fiscalía. (laopinionaustral.com.ar)

Parte de la ciudad de El Calafate se encuentra consternada por una resolución judicial que -según ellos- sería errada, por un hombre que, si bien fue condenado, quedó en libertad.

El caso tiene como acusado a un integrante de la fuerza de seguridad provincial que hace más de siete años había sido denunciado por una causa de abuso en la villa turística y, si bien en un primer momento había fijado domicilio, nunca estuvo detenido.

De acuerdo a la información, todo comenzó en el 2015 cuando una nena juntó coraje y le contó a su madre lo que el padrastro hacía cuando ellos se encontraban solos en la vivienda en la que compartían.

Según pudo saber este diario, la nena de diez años no era la única sobreviviente de estos hechos, sino que su hermanita de siete años también era sometida a vejámenes por parte de quien era su padrastro, MZ.

A principios de noviembre, una comisión de la Cámara Oral había viajado a El Calafate para la realización de tres debates; uno de ellos el de MZ pero debió entrar en un cuarto intermedio cuando en medio de la audiencia se conocieron nuevos detalles de relevancia, sobre los hechos ocurridos.

La carátula contra MZ había llegado solo como “abuso sexual simple” pero, a partir de los datos que habían surgido durante la valoración de pruebas, tanto la Fiscalía como la querella particular habían cambiado la misma agregando el agravante por el acceso carnal.

Desde la fiscalía se había solicitado una pena de once años de prisión, mientras que la querella había hecho lo propio pidiendo reclusión perpetua contra el bombero.

Este lunes se cumplieron los plazos legales, tiempo que tenía el tribunal para determinar el monto de pena contra el acusado. Fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso, sin que se tomen en cuenta los pedidos de pena del Ministerio Público o de la querella y deberá cumplir con un régimen de conducta.

Desde la familia de las víctimas se mostró enojo y desacuerdo con el fallo. “La fiscalía tiene que apelar, porque habiendo pruebas contundentes. Lo juzgaron solo por el abuso simple, pero por el de acceso carnal no”, contaron familiares de las chicas abusadas.