La ineficacia judicial permitió que prescriba parte de una escandalosa causa del año 2019

Se trata de un incidente por el cual en 2019 fue detenida una abogada y su pareja en relación a un presunto desalojo por la fuerza de una vivienda. El juez de instrucción que llevaba la causa, Daniel Cesari Hernández, demoró 2 años y medio en elevar la causa a juicio y prescribieron 2 de los 3 delitos imputados.

El incidente fue denunciado el 14 de marzo de 2019 a los fondos de calle Elcano 543 (foto), donde se dio cuenta de un presunto intento de desalojo violento a una mujer, quien dijo ser amenazada con un arma de fuego.

Por el hecho fueron detenidos Cristian Gastón Olivier y la abogada Yamila Ayelén Gallardo; en orden a los delitos de violación de domicilio, daños, lesiones leves y amenazas coactivas agravadas, pero el supuesto arma de fuego nunca fue hallada.

Ese mismo día de marzo de 2019 los imputados fueron llevados a indagatoria y luego excarcelados, tras lo cual se radicaron en la provincia de Córdoba pero vinculados al proceso judicial. Recién el 23 de septiembre de 2021 –2 años y medio después- se produjo el requerimiento de elevación a juicio por parte del juez de instrucción 1, Daniel Cesari, como magistrado interviniente.

Prescripción

“La violación de domicilio está conminada con un máximo de dos años de prisión, en tanto el daño y las lesiones leves tienen prevista una pena de prisión de hasta un año; por lo que el plazo de prescripción, en todos ellos, es de dos años”, señala un reciente fallo de la Cámara de Apelaciones, ante la cual acudió el defensor de ambos imputados.

Este defensor apeló esta elevación a juicio señalando que ante el plazo de prescripción de 2 años de esos delitos, los mismos debían prescribir dado que esa elevación se realizó con sensible demora de ese plazo y 6 meses más.

Ante ello la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones con los jueces Federico Vilella, Julián de Martino y Jorge Jofre; resolvió conceder el recurso de apelación y declarar la prescripción de estos dos delitos, prosiguiendo solo las actuaciones del delito de “amenazas coactivas” que solo por su escala penal (un máximo de 10 años de prisión) no prescribió.

Una vez más quedó probada la ineficiencia judicial palmaria existente en los procesos penales y en particular en este juzgado interviniente donde el año pasado el Superior Tribunal realizó una auditoría que dio resultados alarmantes en número de causas acumuladas y demoras.

A casi un año de esa auditoría, poco ha cambiado, pese a estar en conocimiento pleno de ellos los magistrados del Superior Tribunal que hablan de mejoras en el servicio de Justicia, que a las claras no lo son.