Procesaron a seis inspectores municipales de Ushuaia por no denunciar funcionamiento de un prostíbulo
Se trata de inspectores de comercio que habían intervenido regularmente en el local Black and White realizando constataciones en el lugar donde, en su calidad de funcionarios públicos, debieron denunciar que se infringía la ley de “trata de personas”. Por este hecho fue condenado el clan Morales en el año 2015 a penas de entre 7 y 5 años de prisión.

El local nocturno era famoso en la ciudad de Ushuaia hasta que en 2010 fue allanado en el marco de la ley de trata, lo que en 2015 derivó en el primer juicio por este tipo de delitos en la provincia, con penas contra la familia Morales, que lo administraba.
El caso tuvo un desprendimiento que fue la investigación respecto del rol de los inspectores municipales que precisamente, “inspeccionaban” el lugar, a conocimiento de los cuales no podía escapar cual era la real actividad que allí se efectuaba, omitiendo denunciarlo, obligación que le compete como funcionarios públicos.
El juez federal de Ushuaia Federico Calvete había desestimado la denuncia contra los mismos, lo cual fue confirmado por la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, pero desestimado por la Cámara de Casación Penal, la cual envió nuevamente la causa para que se juzgara ajustada a derecho.
Ante ello el caso recayó esta vez en la jueza federal de Río Grande, la Dra. Mariel Borruto, quien resolvió procesar a los seis inspectores municipales por “abuso de autoridad” ya que consideró que “los acusados omitieron alertar respecto del funcionamiento del local donde eran explotadas las víctimas, pese a haberlo inspeccionado en reiteradas oportunidades”.
Los procesamientos son sin prisión preventiva pero con un embargo preventivo por $120 mil pesos a cada uno de los imputados.
En este caso se probó y condenó a los propietarios del prostíbulo por la explotación sexual de al menos a 18 mujeres en situación de vulnerabilidad.
El procesamiento concluye que los imputados no actuaron “conforme a las obligaciones propias de su cargo como inspector municipal y funcionario público”, al no haber inspeccionado correctamente el local y, concretamente, “de haber omitido inspeccionar debidamente las habitaciones que contaban con camas matrimoniales, sus respectivos baños y donde se visualizaban carteles que decían que había que ser limpios y arrojar los preservativos en el cesto”.
En ese sentido, la jueza aseguró en su resolución que en el cumplimiento de su función como inspectores municipales, “los encartados debieron de haber advertido que el acceso a dichos dormitorios no estaba clausurado”.
