CDRO. RIVADAVIA: Condenan a un joven por transportar 7 kilos de droga interceptados en 2014 en Comodoro

Cristian Javier Miranda Vargas, un albañil de Río Gallegos, fue condenado ayer por el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia a cuatro años de prisión efectiva por ser considerado coautor responsable del delito de transporte de estupefacientes. La carga que Miranda Vargas esperaba había sido interceptada el 4 de septiembre de 2014 en un camión del Correo Argentino en Comodoro y cuando él la fue a buscar cuatro días después en Santa Cruz, quedó detenido.(El Patagonico)   Se trata de un albañil de Río Gallegos que fue condenado por los jueces María Cabrera de Monella, Enrique Guanziroli y Jorge Eduardo Cháves por transportar nueve paquetes de marihuana en una encomienda desde Mar del Plata a la capital de Santa Cruz. El caso se inició en el Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia el 4 de septiembre de 2014 cuando a las 7:30 en la sucursal del Correo Argentino de Comodoro, en un operativo conjunto, el SENASA, AFIP-DGA y Policía Federal controlaron la carga de un camión del correo procedente de Buenos Aires, escaneando las sacas transportadas. En ese procedimiento detectaron que una de ellas poseía material orgánico, por lo que se separó la pieza postal consistente en una caja de cartón forrada con papel madera en la que figuraba como remitente “Alfredo Laserna” (con dirección en Curie 4632, 7600, Mar del Plata) y como destinatario “Cristian Miranda” (Poste Restante 9500, Río Gallegos, Santa Cruz). Cuando el personal del SENASA abrió la caja encontraron 7.477,14 gramos de marihuana distribuidos en 9 paquetes, con los que se podían hacer 14.954 “porros”. A partir de entonces intervino la Justicia Federal. La encomienda había sido despachada el 1 de septiembre de 2014 en la sucursal de Correo Argentino de Mar del Plata por una persona que no pudo ser identificada y que declaró que en su interior contenía repuestos para automotores. CAYO SOLO La investigación judicial condujo a determinar que el destinatario de la encomienda era Miranda Vargas, domiciliado en Río Gallegos, quien el 8 de septiembre del 2014, a las 10:30 se presentó en la oficina de Correo Argentino de esa localidad a retirar la encomienda interceptada, solicitándola por su lugar de procedencia y número de guía. Según estableció el Tribunal, el acusado eligió un transporte público para hacerse del estupefaciente, pero su acción se vio interceptada por los funcionarios del SENASA que practicaban un control rutinario en Comodoro que detectaron una anormalidad, provocándose a partir de ello la intervención de la justicia federal, que dispuso las medidas posteriores que permitieron su detención. "Mover esa carga de más de 7 kilogramos de marihuana por el extenso territorio argentino, a sabiendas de su naturaleza prohibida y con voluntad de hacerlo, es la acción típica que describe la ley cuando reprime el transporte de estupefacientes en el art. 5 inc. C de la Ley 23.737” sostuvo la presidenta del Tribunal, Cabrera de Monella. Los 9 ladrillos estaban envueltos en nylon y cinta de embalar, lo que obstaculizaba la circulación del aroma particular de la sustancia. Incluso “el contenido fue, de modo mendaz, declarado como un repuesto automotor, objeto que podría tener el mismo peso y tamaño de lo embalado, todo ello para ser trasladado sin ser descubierto, pero que –como se dijo- un procedimiento preventivo con otros fines, que no era buscar y detectar droga, sino otro tipo de productos, lo impidió”. Para el Tribunal, “la droga fue movilizada desde la ciudad de Mar del Plata, donde el vendedor la tenía –ya que en esta actividad no se presume la gratuidad de semejante cantidad de tóxico-, y transportada por un tercero ajeno, ignorante de su especial contenido –Correo Argentino-, hasta la ciudad de Comodoro Rivadavia donde fue descubierta, para luego continuar viaje a la ciudad de Río Gallegos donde estaba previsto que fuera retirada por el destinatario en la oficina local de esa empresa”. Miranda Vargas declaró que no sabía del contenido de la encomienda, y que un vecino le pidió: ¿“podrás retirar una encomienda porque tengo que viajar? Te pago la changa 300 pesos cuando regrese”, y este aceptó porque no tenía trabajo. La declaración en ese sentido para los jueces no fue verosímil. La persona a la que acusó tres años después fue llevada al juicio y negó haber realizado dicho encargo, agregando que a Miranda Vargas no lo veía desde hacía muchos años y desconocía incluso a qué se dedicaba.   “Entonces pretender que se le crea que sólo hizo un favor a un conocido por unos pesos, sin saber qué implicancias envolvía ese gesto, no resulta aceptable para contrarrestar el plexo probatorio referenciado” dijeron desde el TOF en la sentencia.

Cristian Javier Miranda Vargas, un albañil de Río Gallegos, fue condenado ayer por el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia a cuatro años de prisión efectiva por ser considerado coautor responsable del delito de transporte de estupefacientes. La carga que Miranda Vargas esperaba había sido interceptada el 4 de septiembre de 2014 en un camión del Correo Argentino en Comodoro y cuando él la fue a buscar cuatro días después en Santa Cruz, quedó detenido.(El Patagonico)
 
Se trata de un albañil de Río Gallegos que fue condenado por los jueces María Cabrera de Monella, Enrique Guanziroli y Jorge Eduardo Cháves por transportar nueve paquetes de marihuana en una encomienda desde Mar del Plata a la capital de Santa Cruz.
El caso se inició en el Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia el 4 de septiembre de 2014 cuando a las 7:30 en la sucursal del Correo Argentino de Comodoro, en un operativo conjunto, el SENASA, AFIP-DGA y Policía Federal controlaron la carga de un camión del correo procedente de Buenos Aires, escaneando las sacas transportadas.
En ese procedimiento detectaron que una de ellas poseía material orgánico, por lo que se separó la pieza postal consistente en una caja de cartón forrada con papel madera en la que figuraba como remitente “Alfredo Laserna” (con dirección en Curie 4632, 7600, Mar del Plata) y como destinatario “Cristian Miranda” (Poste Restante 9500, Río Gallegos, Santa Cruz).
Cuando el personal del SENASA abrió la caja encontraron 7.477,14 gramos de marihuana distribuidos en 9 paquetes, con los que se podían hacer 14.954 “porros”.
A partir de entonces intervino la Justicia Federal. La encomienda había sido despachada el 1 de septiembre de 2014 en la sucursal de Correo Argentino de Mar del Plata por una persona que no pudo ser identificada y que declaró que en su interior contenía repuestos para automotores.
CAYO SOLO
La investigación judicial condujo a determinar que el destinatario de la encomienda era Miranda Vargas, domiciliado en Río Gallegos, quien el 8 de septiembre del 2014, a las 10:30 se presentó en la oficina de Correo Argentino de esa localidad a retirar la encomienda interceptada, solicitándola por su lugar de procedencia y número de guía.
Según estableció el Tribunal, el acusado eligió un transporte público para hacerse del estupefaciente, pero su acción se vio interceptada por los funcionarios del SENASA que practicaban un control rutinario en Comodoro que detectaron una anormalidad, provocándose a partir de ello la intervención de la justicia federal, que dispuso las medidas posteriores que permitieron su detención.
“Mover esa carga de más de 7 kilogramos de marihuana por el extenso territorio argentino, a sabiendas de su naturaleza prohibida y con voluntad de hacerlo, es la acción típica que describe la ley cuando reprime el transporte de estupefacientes en el art. 5 inc. C de la Ley 23.737” sostuvo la presidenta del Tribunal, Cabrera de Monella. Los 9 ladrillos estaban envueltos en nylon y cinta de embalar, lo que obstaculizaba la circulación del aroma particular de la sustancia.
Incluso “el contenido fue, de modo mendaz, declarado como un repuesto automotor, objeto que podría tener el mismo peso y tamaño de lo embalado, todo ello para ser trasladado sin ser descubierto, pero que –como se dijo- un procedimiento preventivo con otros fines, que no era buscar y detectar droga, sino otro tipo de productos, lo impidió”.
Para el Tribunal, “la droga fue movilizada desde la ciudad de Mar del Plata, donde el vendedor la tenía –ya que en esta actividad no se presume la gratuidad de semejante cantidad de tóxico-, y transportada por un tercero ajeno, ignorante de su especial contenido –Correo Argentino-, hasta la ciudad de Comodoro Rivadavia donde fue descubierta, para luego continuar viaje a la ciudad de Río Gallegos donde estaba previsto que fuera retirada por el destinatario en la oficina local de esa empresa”.
Miranda Vargas declaró que no sabía del contenido de la encomienda, y que un vecino le pidió: ¿“podrás retirar una encomienda porque tengo que viajar? Te pago la changa 300 pesos cuando regrese”, y este aceptó porque no tenía trabajo. La declaración en ese sentido para los jueces no fue verosímil. La persona a la que acusó tres años después fue llevada al juicio y negó haber realizado dicho encargo, agregando que a Miranda Vargas no lo veía desde hacía muchos años y desconocía incluso a qué se dedicaba.
 
“Entonces pretender que se le crea que sólo hizo un favor a un conocido por unos pesos, sin saber qué implicancias envolvía ese gesto, no resulta aceptable para contrarrestar el plexo probatorio referenciado” dijeron desde el TOF en la sentencia.